por JUAN NEIRA
EL ABOGADO DEL ESTADO
Hoy se reúne el Consejo de Política Fiscal y Financiera para examinar la propuesta de financiación del Gobierno central. Antes de empezar el encuentro cabe constatar algunas cuestiones. El esbozo del nuevo modelo de financiación anunciado por Solbes no contenta a casi nadie. Las comunidades más ricas y las más pobres han criticado, sin ambages, los argumentos del ministro de Economía. La famosa ronda de contactos bilaterales que había anunciado el Gobierno, como primer paso de la negociación, no ha tenido lugar o, al menos, no se ha realizado de manera formal con miembros de los 17 gobiernos autonómicos. ¿Cuándo se entrevistaron Solbes o el secretario de Estado de Economía con el presidente Areces o con el consejero Rabanal? En los prolegómenos de la negociación, el Ministerio de Economía se ha movido con calculada indefinición, hasta el punto de que todo el mundo conoce la postura de Cataluña, Asturias o Galicia, pero no sabe con detalle lo que va a ofertar el Gobierno.
De manera velada se ha ido ligando la negociación de la financiación autonómica a la negociación de los Presupuestos Generales del Estado, por eso se habla de cerrar ambos procesos en otoño. Y por último, mientras el Gobierno central ganaba tiempo, las comunidades autónomas han iniciado diálogos, entre ellas, que han tenido como resultado la formación de dos frentes, el de las comunidades más ricas (Cataluña, Madrid, Baleares y Comunidad Valenciana) y otro de regiones dependientes (Principado de Asturias, Galicia, Castilla y León, Cantabria, Aragón, Extremadura y Castilla y la Mancha).
Las buenas palabras de José Luis Rodríguez Zapatero difícilmente van a poder concretarse hoy, porque el establecimiento de los criterios de financiación beneficia a unas comunidades y perjudica a otras. Hay mucho que discutir. Lo único que une a ricos y pobres es la demanda de más recursos al Gobierno central. Desde esta óptica llama la atención que ni el presidente del Gobierno español ni el ministro de Economía hayan puesto límites al gasto público que van a financiar de las comunidades autónomas. ¿Por qué va a asumir la Hacienda estatal los aumentos de sueldos que negociaron los gobiernos regionales con los distintos sindicatos de médicos? ¿Quién es el abogado del Estado en esta negociación?
Últimos comentarios
- LA TÁCTICA DE ZAPATERO 8 comentarios leo FSFSF FSFDSF Matt wow gold
- LAS AMBICIONES DE LOS CANDIDATOS 4 comentarios Lalo jOVINO Toño Alonso mariajose
- CUANDO LA BOLSA ES LA VIDA 13 comentarios Anónimo Luis Anónimo anda pelín salido. gagá y salido francotiradorr
- LA MALA SUERTE DE LOS ALCALDES 6 comentarios rodeados por LA PsOE, Anónimo francotiradorr francotiradorr francotiradorr
- UN INMENSO ERROR DE ESTRATEGIA 18 comentarios francotiradorr francotiradorr Carlos Labeca ¿a que espera usted, señor fiscal?, a qué esperala fiscalia para intervenir?.
- PRIMER TANTO PARA OVIDIO 12 comentarios ¡dejese de ovidio, y mire lo que Liberal francotiradorr Liberal francotiradorr
- LA PRIMERA BATALLA 1 comentario francotiradorr
- LA DIMISIÓN DE GASPAR LLAMAZARES 6 comentarios Carlos Labeca ESTO SON NOTICIAS Anónimo don juan, emule
- UN GRUPO DE EMBOZADOS 12 comentarios francotiradorr MARIAJOSE La lola se va a los puertos,... Liberal EL GRAJO NEGRO
- La Universidad, en el umbral del cambio 6 comentarios ¿donde anda el miembro censurador? el miembro don juan, no y el miembro, MiembroJuventudesSocialistas Carlos Labeca
Categorías
Buscar
Suscríbete
Selecciona el agregador que utilices para suscribirte a este blog (también puedes obtener la URL de los feeds):

5 comentarios · Escribe aquí tu comentario
Anónimo dijo
Mi barrio tiene déficit fiscal
IGNACIO CAMACHO
COMO otros muchos de otras tantas ciudades españolas en las que nadie efectúa una balanza contable, mi barrio tiene déficit fiscal pero no lo sabe. En mi barrio viven ciudadanos de una cierta burguesía acomodada que con sus impuestos financian los servicios de otras zonas urbanas cuyos habitantes han tenido menos suerte en la vida. A cambio, el Ayuntamiento, que suele andar cortito de fondos, se ha olvidado de proveerlo de colegios, zonas verdes, aparcamientos y demás equipamientos públicos, pensando sus responsables que esta clase de instalaciones hacen más falta en otra parte. Hay colegios privados, que sufragan los padres de sus alumnos; alguna clínica no menos privada, zonas ajardinadas residenciales de uso particular, parkings igualmente restringidos a sus propietarios. De vez en vez, algunos operarios municipales tienen a bien barrer o baldear las calles, y a veces hasta reponen alguna farola estropeada. Y sin embargo, si se reinvirtieran en él los generosos impuestos y tasas de su amplia actividad comercial y de sus bienes inmuebles, si le retornasen íntegros los beneficios de su generación económica como en un círculo virtuoso y autosuficiente, el barrio en cuestión podría ser jauja.
Rara vez, sin embargo, he oído quejarse a los vecinos, que desconocen ese complejo asunto de las balanzas fiscales. Antes diría que les parece relativamente natural que el dinero que ingresan al municipio se reinvierta en equipar zonas más desfavorecidas o más desarticuladas. Al menos, yo nunca les he oído quejarse sobre el modo en que otros barrios reciben lo que es justo; si acaso, protestan en voz baja del abandono del nuestro. Se diría que les parece natural el modo en que funcionan las cosas; los impuestos son así. Redistribuyen las rentas, y sirven para crear servicios públicos que equilibran el mapa social. Muchos de quienes los pagan apenas los utilizan, porque pueden permitirse financiar otros más exclusivos, pero saben que resultan necesarios para quienes no tienen otro modo de acceder a ellos. Se llama justicia.
Claro que un barrio no pretende ser una nación. No tiene hechos diferenciales que vindicar, ni lengua propia que imponer, ni policía uniformada de una manera distinta. Un barrio es sólo un sitio donde vive gente, gente que, como diría Machado, labora, pasa y sueña. Gente que no se entretiene todo el día reivindicando su identidad barrial como el fenómeno esencial de su ser colectivo. Gente que no trata de resultar distinta al resto, ni cifra en el reconocimiento de la diferencia su objetivo primigenio. Gente que no cuestiona su pertenencia a un país que les otorga derechos iguales, aunque no siempre los puedan ejercer del mismo modo.
Mi barrio no tiene un gobierno tripartito que reclame su cuota fiscal y haga las cuentas de lo que sus habitantes ingresan en las arcas locales y lo que de ellas reciben en inversiones y servicios. Y así le luce el pelo. Si lo tuviese, se iba a enterar el alcalde de lo que vale, reducida al absurdo, una verdadera reclamación identitaria.
Anuncios Google
Axl dijo
Estoy totalmente de acuerdo
alloriau dijo
Pues al estado si no lo defiende Solbes no lo va a defender nadie. El tema es que Zapatero montó su sistema de poder sobre una confederación de regiones y el estado tiene un papel residual. Con más votos a UPyD las cosas cambiarán. ¿O no?
Pedro dijo
Zapatero tiene que pagar la factura a los socialistas catalanes por haberle hecho ganar las elecciones, por eso permite que Montilla se le suba a las barbas. Ahora Montilla y Carod-Rovira, presidente y vicepresidente, respectivamente de la Generalitat catalana, le exigen a Zapatero negociación bilateral, como si fueran dos estados iguales, para sacar mayopr tajada de la financiación, y les importa un carajo que las cuentas del Estado estén en números rojos. Veremos si Zapatero hace prevalecer en esto lo que manda la Constitución o si se baja los pantalones con los separatistas catalanes, con los suyos y con los otros, por la factura, y porque no vaya a ser que en las elecciones del 2.012 no le voten, que es lo que realmente le importa. La Solidaridad del Estado con las comunidades autónomas le importa mucho menos.
oído, cocina.....ojito, ojito.... dijo
"""Las empresas con pérdidas podrán despedir sin dar explicaciones
22Julio2008
El Tribunal Supremo ha despejado el camino para que los despidos de las empresas con problemas económicos se consideren procedentes sin necesidad de justificar que tales medidas vayan a suponer la viabilidad de la sociedad. El Alto Tribunal ya se había pronunciado sobre lo innecesario de adoptar medidas económicas complementarias a los despidos para justificarlos.
La sentencia, que unifica la doctrina del Tribunal Supremo, considera que no corresponde a la empresa probar que la medida adoptada era suficiente para superar la crisis, ni que se adoptaban otras medidas que garantizaban la superación de la crisis.
Estima el recurso de Ocariz y Akozem
No obstante, el ponente, el magistrado López García de la Serrana, explica que la empresa había ampliado el capital social para reponer pérdidas, dato que unido a los estudios de mercado encargados, a que hizo inversiones importantes en maquinaria para especializar la actividad, a que sus costes salariales y laborales se habían incrementado en un 5 por ciento -aunque posiblemente, fuese por el coste de las indemnizaciones pagadas por reducir plantilla- ya que amortizó nueve puestos de trabajo por causas económicas, "lleva a estimar que no estamos ante un supuesto especial, que haga inaplicable la doctrina general que se considera aplicable, sino lo contrario.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo anula, con estos argumentos, tanto el fallo de instancia, que declaró improcedente el despido del trabajador recurrente, como el recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que ratificó el anterior fallo y desestimó los argumentos de las empresas Akozem y Fundaciones Ocariz.
La cuestión abordada por el Supremo se centra en determinar si el empresario, cuando se trata de una extinción contractual fundada en causas económicas, para justificar su decisión, debe probar, además de la existencia de pérdidas económicas, que la amortización del puesto de trabajo constituye una medida suficiente y adecuada para superar la crisis, lo que, normalmente, requerirá la adopción de otras medidas, o si le bastará, como regla general, con probar la existencia de pérdidas económicas.
Tal cuestión ya fue unificada por esta Sala por las sentencias de 14 de junio de 1996, 21 de enero de 1998, 30 de septiembre de 2002 y 15 de octubre de 2003.
Razona el texto que el artículo 52 c) del Estatuto de los Trabajadores dispone que: "Cuando exista la necesidad objetiva acreditada de amortizar puestos de trabajo [...] el empresario acreditará la decisión extintiva en causas económicas, con el fin de contribuir a la superación de situaciones económicas negativas".
Basta con la amortización del puesto
Por ello, "se ha entendido que basta con estimar que la amortización del puesto de trabajo que se acuerde contribuye a solucionar la crisis para que tal medida se encuentre justificada, sin que sea exigible acreditar que la amortización de puestos de trabajo constituye por si sola una solución suficiente, ni que esa solución será definitiva junto con otras medidas".
La Sala argumenta que "para apreciar la concurrencia de las causas económicas (en sentido estricto) del despido objetivo basta en principio con la prueba de pérdidas en las cuentas y balances de la sociedad titular de la empresa. Si estas pérdidas son continuadas y cuantiosas, se presume en principio, salvo prueba en contrario, de acuerdo con la jurisprudencia de la Sala, que la amortización de los puestos de trabajo sobrantes es una medida que coopera a la superación de dicha situación económica negativa".
Continúa también indicando que "la amortización de puestos sobrantes comporta una disminución automática de la partida de costes de personal, que contribuye directamente a aliviar la cuenta de resultados".
También indica que la amortización es orgánica y relativa a un puesto de trabajo concreto y no de determinadas tareas, lo que supone que las labores desarrolladas por el operario que cesa sean asumidas por los que quedan (Sentencia TS de 29 de mayo de 2001), así como que el empresario no está obligado a presentar un plan de viabilidad que contemple la adopción de otras medidas, aparte de la extinción o despido acordado (Sentencia de 30 septiembre 2002).
Los despidos no garantizan la viabilidad
Es por ello que considera que la sentencia recurrida se aparta de la doctrina de esta Sala y que se entiende como correcta, dados los términos en que se pronuncian los artículos 52 c) y 51-1 del Estatuto de los Trabajadores, porque sostiene que la amortización del puesto de trabajo de la actora no solventa la situación de crisis económica, ni ayuda a superar la falta de rentabilidad de la empresa y confirma los argumentos de la sentencia de la instancia relativos a que la empresa no ha probado que las amortizaciones contribuyan a superar la crisis, sino que sólo suponen aligerar de forma puntual y ocasional la carga financiera.
En el año 2002 Fundiciones Ocariz S.A. contaba con una plantilla de 81 trabajadores, que se fue reduciendo durante el año 2003, comprendiendo a fecha de 15 de septiembre de 2003 un total de 57 operarios. En febrero de 2005 figuraban en su plantilla 47 trabajadores. Los gastos de personal alcanzaban un 22,07 por ciento en 2002 sobre el total de los gastos; un 26,10 en 2003; un 23,28 en 2004; y el 28,08 por ciento en 2005.
Este último año, se autorizó un expediente de regulación de empleo (ERE), por el que se suspendían los contratos de todos los trabajadores de su plantilla durante 65 días. En 2004, la Inspección de Trabajo abrió Acta de Infracción contra ambas empresas por cesión ilegal de mano de obra La sentencia sobre el recurso planteado a tal efecto aún no es firme y está pendiente de fallo."""
(http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/664964/07/08/Las-empresas-con-perdidas-no-tienen-que-justificar-que-los-despidos-realizados-aseguren-su-viabilidad.html)
Escribe tu comentario